215
Revista Científica Multidisciplinar
https://revistasaga.org/
e-ISSN
3073-1151
Enero-Marzo
, 2026
Vol.
3
, Núm.
1
,
215-226
https://doi.org/10.63415/saga.v3i1.332
Artículo de Investigación
.
Claridad administrativa como garantía de derechos: una revisión
constitucional de las barreras informativas en las convocatorias
públicas bolivianas
Administrative Clarity as a Guarantee of Rights: A Constitutional Review of
Informational Barriers in Bolivian Public Service Calls
Clareza administrativa como garantia de direitos: uma revisão constitucional das
barreiras informativas nas convocatórias públicas bolivianas
Grover Jhonn Cori Paz
1
1
Universidad Mayor de San Andrés, La Paz, Bolivia
Recibido
: 2025-12-15 /
Aceptado
: 2026-01-20 /
Publicado
: 2026-01-30
RESUMEN
El presente artículo examina el papel de la claridad administrativa como garantía fundamental para el ejercicio efectivo
de los derechos en los procesos de acceso a la función pública en Bolivia. A través de un análisis constitucional y jurídico
–
administrativo, se identifican las barreras informativas que surgen en las convocatorias públicas cuando estas son
redactadas con tecnicismos, ambigüedades, estructuras confusas o formatos digitalmente inaccesibles. Estas deficiencias
comunicacionales generan desigualdades reales que afectan de manera desproporcionada a personas y grupos en situación
de vulnerabilidad, configurando escenarios de discriminación indirecta pese a la aparente neutralidad de las reglas. Con
base en la revisión del marco normativo vigente, la doctrina especializada y la jurisprudencia constitucional, se sostiene
que la claridad en los actos administrativos constituye un requisito implícito del principio de publicidad, del debido
proceso y de la igualdad material. El artículo concluye que la ausencia de claridad no solo compromete la legitimidad del
proceso meritocrático, sino también debilita la confianza ciudadana en la administración pública y vulnera derechos
fundamentales. Finalmente, se plantea la necesidad de consolidar el lenguaje claro como política pública transversal para
garantizar procesos de selección inclusivos, transparentes y ajustados al orden constitucional boliviano.
Palabras clave:
claridad administrativa; igualdad material; discriminación indirecta; función pública; convocatorias
públicas; derecho constitucional
ABSTRACT
This article examines the role of administrative clarity as a fundamental guarantee for the effective exercise of rights in
public service recruitment processes in Bolivia. Through a constitutional and administrative-legal analysis, it identifies
the informational barriers that arise when public service calls are drafted using technical jargon, ambiguities, confusing
structures, or digitally inaccessible formats. These communication deficiencies generate real inequalities that
disproportionately affect individuals and groups in vulnerable situations, creating scenarios of indirect discrimination
despite the apparent neutrality of the rules. Based on a review of the current legal framework, specialized doctrine, and
constitutional jurisprudence, the study argues that clarity in administrative acts is an implicit requirement of the principles
of publicity, due process, and substantive equality. The article concludes that the absence of clarity not only undermines
the legitimacy of merit-based selection processes but also weakens public trust in the administration and violates
fundamental rights. Finally, it highlights the need to consolidate plain language as a cross-cutting public policy to ensure
inclusive, transparent, and constitutionally aligned recruitment processes in Bolivia.
Keywords
: administrative clarity; substantive equality; indirect discrimination; public service access; public calls;
constitutional law
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RESUMO
O presente artigo examina o papel da clareza administrativa como garantia fundamental para o exercício efetivo dos
direitos nos processos de acesso à função pública na Bolívia. Por meio de uma análise constitucional e jurídico-
administrativa, identificam-se as barreiras informativas que surgem nas convocatórias públicas quando estas são redigidas
com tecnicismos, ambiguidades, estruturas confusas ou formatos digitalmente inacessíveis. Essas deficiências
comunicacionais geram desigualdades reais que afetam de maneira desproporcional pessoas e grupos em situação de
vulnerabilidade, configurando cenários de discriminação indireta apesar da aparente neutralidade das regras. Com base
na revisão do marco normativo vigente, da doutrina especializada e da jurisprudência constitucional, sustenta-se que a
clareza nos atos administrativos constitui um requisito implícito do princípio da publicidade, do devido processo legal e
da igualdade material. O artigo conclui que a ausência de clareza não apenas compromete a legitimidade do processo
meritocrático, mas também enfraquece a confiança cidadã na administração pública e viola direitos fundamentais. Por
fim, propõe-se a necessidade de consolidar a linguagem clara como política pública transversal para garantir processos
de seleção inclusivos, transparentes e compatíveis com a ordem constitucional boliviana.
Palavras-chave
: clareza administrativa; igualdade material; discriminação indireta; função pública; convocatórias
públicas; direito constitucional
Forma sugerida de citar (APA):
Cori Paz, G. J. (2026). Claridad administrativa como garantía de derechos: una revisión constitucional de las barreras informativas en las convocatorias
públicas bolivianas. Revista Científica Multidisciplinar SAGA, 3(1), 215-226.
https://doi.org/10.63415/saga.v3i1.332
Esta obra está bajo una licencia internacional
Creative Commons de Atribución No Comercial 4.0
INTRODUCCIÓN
La claridad administrativa se ha convertido
en un elemento central para comprender la
efectividad de los derechos fundamentales en
los Estados constitucionales contemporáneos.
En Bolivia, como en muchos países de la
región, el acceso a la función pública se
concibe como un derecho y como un
mecanismo de participación democrática que
permite a las personas formar parte de la
gestión estatal a través de procedimientos que
deben regirse por los principios de igualdad,
mérito, capacidad, transparencia y publicidad.
No obstante, estos principios, aunque robustos
en el plano normativo, pueden desdibujarse en
la práctica cuando los actos administrativos, y
en especial las convocatorias públicas,
presentan deficiencias comunicacionales que
dificultan su comprensión por parte de la
ciudadanía. La claridad del lenguaje, lejos de
ser una cuestión meramente formal o técnica,
constituye un componente esencial del Estado
de derecho y una condición para el ejercicio
real de oportunidades.
Las convocatorias públicas bolivianas
suelen caracterizarse por el uso de lenguaje
jurídico excesivamente técnico, oraciones
extensas, estructuras confusas, ausencia de
jerarquías informativas y formatos
digitalmente inaccesibles. Estos elementos
generan barreras de comprensión que afectan
especialmente a sectores que ya enfrentan
desigualdades estructurales. La falta de
claridad se vuelve un obstáculo silencioso que
condiciona quién puede postular, quién
entiende los requisitos, quién logra reunir la
documentación necesaria y quién accede
efectivamente al proceso de evaluación. En
consecuencia, la claridad comunicacional se
transforma en una dimensión crítica de la
igualdad material: cuando la información no es
comprensible, la igualdad se transforma en una
formalidad vacía.
El contexto boliviano posterior a 2019
muestra además un proceso acelerado de
digitalización en la gestión pública. La
migración de las convocatorias a plataformas
virtuales ha ampliado los puntos de acceso a la
información estatal, pero también ha
profundizado ciertas brechas. Documentos en
formatos poco amigables, archivos pesados
que no se abren en teléfonos móviles, enlaces
rotos, interfaces confusas o carentes de
criterios de accesibilidad digital se han
convertido en dificultades persistentes para
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muchos ciudadanos. Este escenario exhibe con
claridad la relación estrecha entre claridad
textual, accesibilidad tecnológica e igualdad
material. Las nuevas formas de exclusión
informativa que surgen en el entorno digital no
solo reproducen desigualdades previas, sino
que las amplifican en un contexto de creciente
dependencia tecnológica.
Desde una perspectiva constitucional, la
claridad en los actos administrativos forma
parte de los principios de publicidad, legalidad
y debido proceso administrativo. Para que una
convocatoria sea válida, no basta con que esté
publicada: debe estar estructurada de tal
manera que la ciudadanía pueda comprenderla
sin requerir asistencia especializada. Un acto
administrativo que no puede ser entendido por
sus destinatarios vulnera la esencia misma de
su finalidad. La administración pública tiene
así un deber jurídico de comunicar de forma
clara, suficiente, oportuna y accesible,
especialmente cuando la información afecta el
ejercicio de un derecho fundamental como es
el acceso a la función pública.
Dentro de este marco emerge con especial
fuerza la categoría de discriminación indirecta,
figura reconocida por la jurisprudencia
constitucional boliviana y por el sistema
interamericano de derechos humanos. La
discriminación indirecta ocurre cuando una
práctica aparentemente neutral
—
como una
convocatoria confusa
—
produce un efecto
desproporcionado sobre determinadas
personas o grupos. No se requiere intención
discriminatoria; basta el impacto. En este
sentido, la claridad administrativa se convierte
en un mecanismo preventivo para evitar que
una regla formalmente igual genere resultados
desiguales. La claridad, por tanto, no solo
responde a criterios de eficacia administrativa,
sino que se inscribe dentro del núcleo de
garantías constitucionales que protegen la
igualdad sustantiva.
Este artículo se propone realizar una
revisión constitucional amplia de las barreras
informativas presentes en las convocatorias
públicas bolivianas, analizando sus efectos
jurídicos y sociales, y evaluando críticamente
las consecuencias que la falta de claridad tiene
sobre la igualdad material. Para ello, se
examinan estudios doctrinales sobre lenguaje
claro, se revisa la normativa boliviana desde la
perspectiva de los principios constitucionales,
y se analizan precedentes jurisprudenciales
relevantes que demuestran cómo la falta de
claridad puede derivar en vulneraciones a
derechos fundamentales. Esta aproximación
integral permite fundamentar la necesidad de
que el Estado boliviano institucionalice el
lenguaje claro como política pública
transversal, no solo para mejorar la eficiencia
administrativa, sino para garantizar que todas
las personas puedan ejercer en condiciones
reales de equidad su derecho a postular a
cargos públicos.
En síntesis, la introducción plantea la tesis
central que guía este trabajo: sin claridad
administrativa no es posible garantizar la
igualdad material ni prevenir la discriminación
indirecta en los procesos de acceso a la función
pública. La falta de claridad no constituye un
fallo menor del sistema, sino un fenómeno que
impacta directamente en la legitimidad del
Estado, en la confianza ciudadana y en la
vigencia plena de los derechos. Por ello, el
estudio de la claridad administrativa debe
convertirse en una línea prioritaria de análisis
constitucional y de reforma institucional en
Bolivia.
METODOLOGIA
Diseño metodológico
El presente estudio adopta un diseño
metodológico cualitativo, documental,
hermenéutico y jurídico
–
interpretativo, que se
ajusta plenamente a la naturaleza del problema
investigado: la claridad administrativa como
garantía constitucional y las barreras
informativas generadas por las convocatorias
públicas. Este diseño metodológico reconoce
que los fenómenos vinculados a la
comunicación estatal, la igualdad sustantiva y
el acceso a la función pública no pueden ser
comprendidos únicamente desde un enfoque
cuantitativo o descriptivo, ya que involucran
dimensiones normativas, lingüísticas,
sociopolíticas y axiológicas que requieren
interpretación profunda. El enfoque cualitativo
permite examinar significados, patrones de
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redacción, efectos jurídicos y prácticas
institucionales más allá de los datos numéricos.
El carácter documental del estudio responde
a la necesidad de analizar fuentes primarias
como convocatorias oficiales, resoluciones
administrativas, normativa aplicable,
jurisprudencia constitucional y manuales
institucionales, complementadas con fuentes
secundarias de carácter doctrinal y comparado.
La hermenéutica jurídica, por su parte, permite
interpretar los principios constitucionales
relacionados con publicidad, transparencia,
debido proceso, igualdad material y acceso a la
función pública, entendiendo que el texto
normativo adquiere sentido en su aplicación
concreta y en su impacto en la ciudadanía. La
dimensión interpretativa del diseño
metodológico posibilita identificar cómo la
falta de claridad comunicacional puede generar
vulneraciones indirectas a los derechos
fundamentales, incluso cuando las
convocatorias parecen formalmente neutrales.
El estudio también incorpora elementos del
análisis crítico del discurso, en tanto examina
cómo el lenguaje administrativo su elección
terminológica, su estructura y su grado de
accesibilidad puede constituir un instrumento
de inclusión o exclusión. Este cruce
interdisciplinario entre derecho y
comunicación fortalece la comprensión del
fenómeno y permite fundamentar conclusiones
que trascienden la mera descripción.
Población y muestra
La población de esta investigación está
compuesta por todas las convocatorias
públicas emitidas en Bolivia entre 2019 y 2025
por instituciones del nivel central del Estado
Plurinacional, gobiernos autónomos
departamentales y municipales, entidades
descentralizadas, empresas públicas,
instituciones educativas públicas y otros
órganos administrativos que recurren a
convocatorias para procesos de contratación de
personal. Esta población es extensa,
heterogénea y diversa en cuanto a redacción,
formato, estructura y accesibilidad.
Dado el carácter masivo y fragmentado de
la población, se optó por una muestra no
probabilística, intencional y teóricamente
informada. Esta muestra fue seleccionada con
base en criterios de pertinencia jurídica,
representatividad comunicacional y
accesibilidad documental. Se priorizaron
convocatorias que mostraran problemas
recurrentes de claridad comunicacional como
uso excesivo de tecnicismos, ambigüedades en
los requisitos, ausencia de estructura
jerarquizada, imprecisiones en fechas y etapas
del proceso, formatos digitalmente
inaccesibles o requerimientos interpretados
arbitrariamente y aquellas que hubieran sido
objeto de controversias o análisis
constitucional.
Asimismo, se incorporaron convocatorias
vinculadas a sentencias del Tribunal
Constitucional Plurinacional, lo cual permitió
contrastar la redacción original con la
valoración constitucional posterior. Esta
selección brinda un panorama robusto para
analizar cómo las prácticas comunicativas del
Estado pueden derivar en afectaciones reales a
derechos fundamentales. La muestra, aunque
no busca representatividad estadística, sí
ofrece representatividad estructural, es decir,
refleja de manera suficiente las problemáticas
comunicacionales más recurrentes en la
administración pública boliviana.
Instrumentos de investigación
Los instrumentos empleados en esta
investigación fueron diseñados
específicamente para abordar la naturaleza
jurídica y comunicacional del objeto de
estudio. En primer lugar, se utilizaron matrices
de análisis cualitativo, elaboradas con criterios
multidimensionales que permiten evaluar la
claridad administrativa desde diferentes
componentes: claridad sintáctica, precisión
semántica, jerarquía estructural, suficiencia de
información, facilidad de navegación textual,
accesibilidad digital, coherencia normativa y
pertinencia de los requisitos establecidos. Cada
convocatoria fue examinada conforme a estas
dimensiones, lo que permitió identificar
patrones comunes y diferenciar niveles de
claridad.
Además, se emplearon fichas de análisis
jurisprudencial, destinadas a sistematizar los
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argumentos centrales de las sentencias
constitucionales relacionadas con requisitos de
convocatorias, discriminación indirecta,
debido proceso administrativo y acceso a la
función pública. Estas fichas facilitaron una
lectura comparada de los criterios
constitucionales y permitieron comprender
cómo el Tribunal Constitucional ha
desarrollado, aunque no siempre de manera
explícita estándares que exigen claridad en los
actos administrativos.
Un tercer instrumento fue la ficha
documental, utilizada para registrar la
estructura, contenido y características de
normativa nacional, manuales administrativos,
lineamientos de transparencia y documentos
internacionales sobre lenguaje claro. Este
instrumento permitió integrar la perspectiva
comparada y comprender cómo otros países
han institucionalizado políticas de claridad
comunicacional.
Finalmente, se emplearon técnicas
complementarias como codificación temática,
clasificación textual, análisis de patrones y
triangulación interna, que aseguraron la
consistencia interpretativa y la validez
hermenéutica del análisis.
Procedimientos y análisis de datos
El procedimiento metodológico se
desarrolló en diversas fases secuenciales y
complementarias. En la primera fase, se realizó
una recolección sistemática de documentos
provenientes de portales institucionales,
gacetas oficiales y repositorios normativos.
Esta fase incluyó la organización de los
documentos por institución emisora, año, tipo
de convocatoria y nivel administrativo.
La segunda fase consistió en la aplicación
de las matrices de análisis, donde cada
convocatoria fue examinada de manera
exhaustiva en relación con los criterios
previamente definidos. Se identificaron
barreras informativas recurrentes, tales como
lenguaje técnico innecesario, contradicciones
internas, instrucciones incompletas, falta de
uniformidad en los formatos y ausencia de
pautas claras sobre la documentación requerida
o los criterios de evaluación. Este análisis
permitió elaborar categorías emergentes que
reflejan problemáticas comunicacionales
sistemáticas.
La tercera fase comprendió la interpretación
jurídico
–
constitucional de los hallazgos. Los
problemas identificados fueron contrastados
con principios constitucionales como
legalidad, publicidad, debido proceso
administrativo, igualdad y prohibición de
discriminación indirecta. Esta fase permitió
argumentar por qué la claridad administrativa
debe ser considerada un componente esencial
del acceso a la función pública y un parámetro
de control de constitucionalidad.
En la cuarta fase, se efectuó un análisis
comparado, contrastando las prácticas
bolivianas con estándares internacionales
sobre lenguaje claro en la administración
pública. Esto permitió identificar buenas
prácticas, diferencias estructurales y
oportunidades de mejora para el contexto
boliviano.
En la quinta fase, se realizó la integración
global de resultados, mediante codificación
temática, triangulación entre fuentes
documentales y jurisprudenciales, y
elaboración de inferencias sustentadas. Esta
fase permitió construir una visión integral de
las barreras informativas y fundamentar las
conclusiones y recomendaciones del estudio.
Consideraciones éticas
A pesar de que la investigación se sustenta
exclusivamente en documentos públicos, se
siguieron criterios éticos rigurosos. Se
garantizó la integridad documental, evitando
cualquier alteración de las convocatorias
analizadas. Asimismo, se mantuvo una postura
de neutralidad crítica, evitando señalamientos
personales o institucionales que pudieran
interpretarse como juicios subjetivos. El
análisis se centra en estructuras
comunicacionales y prácticas administrativas,
no en individuos.
Se respetó también el principio de
transparencia metodológica, describiendo
claramente las fases, fuentes e instrumentos
utilizados. Dado que no se manipula
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información personal ni se trabaja con
poblaciones vulnerables directamente, el
riesgo ético es mínimo; aun así, se aseguró el
uso responsable de las fuentes y la correcta
citación de las referencias utilizadas. En todo
momento se privilegió una actitud reflexiva
orientada a fortalecer el servicio público y el
respeto a los derechos fundamentales.
RESULTADOS
Lenguaje claro en la administración
pública: fundamentos, evolución histórica y
su consolidación como política pública
El lenguaje claro (plain language)
constituye una de las transformaciones más
significativas en el derecho administrativo
contemporáneo. Aunque suele percibirse como
una técnica de redacción, su dimensión es
mucho más profunda: implica un cambio
cultural y estructural en la relación entre el
Estado y la ciudadanía. Su origen se remonta a
los movimientos sociales de los años setenta en
Estados Unidos, cuando sectores ciudadanos
denunciaron que documentos públicos
contratos, normativas, formularios, decisiones
administrativas resultaban incomprensibles
para la mayoría de la población.
Kimble (2012) sostiene que esta
incomprensibilidad no es accidental, sino
consecuencia de una cultura jurídica arraigada
en el formalismo y el uso excesivo de
tecnicismos que, aunque tradicionalmente
justificados por la precisión jurídica, terminan
generando barreras cognitivas y restringiendo
el acceso a derechos. Tiersma (1999)
profundiza esta crítica al argumentar que el
llamado “lenguaje legal” se consolidó
históricamente como un lenguaje de poder que
reforzaba la distancia entre expertos y
profanos.
La expansión internacional del movimiento
de lenguaje claro se produce a partir de los
años noventa, cuando organismos
internacionales como la OCDE, Naciones
Unidas y la Unión Europea incorporan
estándares de comunicación comprensible en
sus directrices de gobernanza. En América
Latina, países como Chile, México, Argentina
y Colombia han desarrollado iniciativas
estatales, incluyendo decretos, manuales
obligatorios y sistemas de capacitación que
sitúan al lenguaje claro como política pública.
La razón de esta expansión es evidente: en
una democracia constitucional, la legitimidad
del Estado depende de que su comunicación
sea comprensible para la ciudadanía. Como
señala Stephens (2010), la claridad es un
derecho de los ciudadanos y un deber del
Estado, pues la información pública solo
adquiere eficacia jurídica cuando puede ser
comprendida y utilizada por todos, sin
intermediarios especializados.
Así, el lenguaje claro deja de ser un
accesorio comunicacional para convertirse en
un estándar constitucional vinculado a la
transparencia, la igualdad material y el acceso
a la función pública.
Igualdad material, accesibilidad
informativa y su relación con los derechos
fundamentales
La igualdad material se ubica en el centro
del constitucionalismo moderno. A diferencia
de la igualdad formal que exige ausencia de
discriminación explícita, la igualdad material
incorpora la realidad social, económica,
cultural y lingüística de los individuos. En este
sentido, Fredman (2011) explica que la
igualdad debe analizarse desde dos
dimensiones:
-
Igualdad de acceso, que exige que las
condiciones permitan a todas las personas
participar en igualdad;
-
Igualdad de resultado, que evalúa si las
prácticas producen impactos desiguales.
Aplicada a la comunicación estatal, esta
distinción evidencia un problema central:
aunque todas las personas puedan acceder
formalmente a una convocatoria pública, no
todas pueden comprenderla, lo que afecta su
capacidad de participar.
Alexy (2002) sostiene que los derechos
fundamentales requieren condiciones de
posibilidad para su ejercicio efectivo. La
información incomprensible afecta estas
condiciones. La incapacidad del ciudadano
para interpretar o cumplir requisitos no puede
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atribuirse a su falta de capacidad, sino a la falta
de claridad del Estado. Gargarella (2013)
señala que, en sociedades marcadas por
desigualdades estructurales, el lenguaje estatal
debe adaptarse al ciudadano, y no al revés.
Esto implica que la claridad
comunicacional es un mecanismo para reducir
desigualdades estructurales. La accesibilidad
informativa tal como reconoce la UNESCO
(2021) es un pilar de la justicia social: la
información solo es un derecho cuando es
accesible, comprensible y utilizable. Sin estas
condiciones, el Estado reproduce
desigualdades bajo la apariencia de
neutralidad.
En consecuencia, la claridad administrativa
se integra directamente con el principio
constitucional de igualdad sustantiva: la
administración debe diseñar documentos
públicos que puedan ser efectivamente
entendidos por toda la ciudadanía,
especialmente por los sectores más vulnerados.
Discriminación indirecta: fundamentos
conceptuales y aplicación al lenguaje
administrativo
La discriminación indirecta es un concepto
central en la teoría jurídica contemporánea.
Tarunabh Khaitan (2015) sostiene que esta
modalidad de discriminación ocurre cuando
una regla aparentemente neutral perjudica de
manera desproporcionada a determinados
grupos sociales. No depende de la intención
del autor de la norma, sino de los efectos que
produce en la práctica. Por ello, políticas
estatales que a primera vista parecen objetivas
pueden tener impactos profundamente
desiguales.
Diversos tribunales constitucionales han
establecido que la discriminación indirecta
debe evaluarse considerando la estructura
social y las condiciones reales de los
destinatarios. Por ejemplo, la Corte Europea de
Derechos Humanos, en D.H. and Others v.
Czech Republic (2010), determinó que
prácticas administrativas neutrales pueden
resultar discriminatorias si generan
exclusiones sistemáticas. Este criterio ha sido
asumido también por el Tribunal
Constitucional español y por tribunales
latinoamericanos, lo que evidencia la
consolidación de un estándar internacional.
Aplicada al lenguaje administrativo, la
discriminación indirecta ocurre cuando el uso
de tecnicismos, ambigüedades o estructuras
confusas afecta con mayor intensidad a
determinados grupos, especialmente a quienes
no tienen acceso a educación formal, a quienes
no dominan el castellano estándar o a quienes
carecen de habilidades digitales. Estas barreras
lingüísticas pueden convertirse en mecanismos
invisibles de exclusión, lo cual las convierte en
un asunto constitucional y no solo
comunicacional.
Accesibilidad informativa: condición para
la participación pública
La accesibilidad informativa es una
dimensión esencial del derecho de acceso a la
información pública. Según la UNESCO
(2021), el acceso efectivo requiere no solo
disponibilidad, sino también comprensibilidad
y utilidad de los contenidos. Esto implica que
la información debe adaptarse a las
capacidades y necesidades de los usuarios,
especialmente en sociedades con altos niveles
de desigualdad educativa.
La teoría de la democracia deliberativa,
desarrollada por Habermas (1996), sostiene
que la participación ciudadana exige
condiciones comunicacionales adecuadas. Los
ciudadanos solo pueden deliberar y participar
en igualdad de condiciones si entienden la
información proporcionada por el Estado. En
consecuencia, la claridad comunicacional se
convierte en un requisito para el ejercicio de la
ciudadanía y para la vigencia del principio
democrático.
Cortés y Hernández (2020) argumentan que
la accesibilidad debe abarcar no solo el
lenguaje, sino también el formato, la estructura
y la presentación visual de la información. En
este sentido, documentos pesados,
incompatibles con dispositivos móviles o
redactados sin jerarquía informativa
constituyen formas contemporáneas de
exclusión digital que afectan los derechos
fundamentales de sectores vulnerables.
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Claridad administrativa como garantía
constitucional
Dentro del derecho administrativo
contemporáneo, la claridad se reconoce como
una dimensión inherente al principio de
publicidad, legalidad y debido proceso.
Cassagne (2011) y Parejo Alfonso (2010)
explican que los actos administrativos deben
ser comprensibles y motivados, ya que su
finalidad es informar a los ciudadanos sobre
decisiones que afectan sus derechos. Si la
administración emite actos confusos, incumple
su deber constitucional de informar
adecuadamente.
El Tribunal Constitucional español, en la
STC 104/2000, sostuvo que los actos
administrativos deben expresar su contenido
de forma clara para permitir a los ciudadanos
conocer sus efectos y ejercer adecuadamente
sus derechos. Esta doctrina puede trasladarse al
contexto boliviano, donde la claridad
administrativa debe interpretarse como una
exigencia derivada del artículo 8, 14, 21, 24,
108 y 232 de la Constitución Política del
Estado, referentes a igualdad, debido proceso,
acceso a la información, responsabilidad y
transparencia estatal.
Marienhoff (2004) sostiene que la
legitimidad de la administración pública
depende de su capacidad para comunicar de
manera comprensible. En ese sentido, la
claridad se transforma en un estándar
indispensable para garantizar seguridad
jurídica y evitar prácticas que puedan
constituir discriminación indirecta.
Tabla 1
Dimensiones del Lenguaje Claro y su Impacto Constitucional en la Función Pública
Dimensión del
lenguaje claro
Descripción
Problema cuando no se
cumple
Impacto
constitucional
Claridad
lingüística
Uso de vocabulario
simple, oraciones
breves y estructura
sintáctica comprensible.
Ambigüedad,
tecnicismos, dificultad
de comprensión.
Afecta la publicidad
y el principio de
igualdad.
Claridad
estructural
Organización jerárquica
de la información,
títulos, subtítulos, pasos
y requisitos.
Confusión sobre etapas,
requisitos o
documentación.
Vulneración del
debido proceso
administrativo.
Accesibilidad
digital
Documentos livianos,
compatibles y
navegables en
dispositivos móviles.
Archivos pesados,
enlaces rotos o
inaccesibles.
Afecta el derecho al
acceso a la
información pública.
Accesibilidad
sociolingüística
Adaptación a diversidad
cultural, lingüística y
educativa.
Exclusión de grupos con
alfabetización baja o
hablantes de lenguas
indígenas.
Configura
discriminación
indirecta.
Precisión
normativa
Consistencia interna,
requisitos claros y
criterios razonables.
Requisitos ambiguos o
desproporcionados.
Afecta el principio
de legalidad y el
mérito.
Fuente: Elaboración propia,2025
DISCUSIÓN
La discusión de los resultados obtenidos
permite identificar una problemática
estructural vinculada a la manera en que la
administración pública boliviana comunica
información esencial en los procesos de acceso
a la función pública. Las convocatorias
públicas instrumentos que deberían garantizar
igualdad de condiciones y transparencia en la
participación ciudadana terminan
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convirtiéndose, en muchos casos, en
mecanismos que reproducen desigualdades
preexistentes. Las múltiples barreras
informativas detectadas durante la
investigación revelan que el lenguaje
administrativo no es un elemento neutral: su
diseño, contenido y formato inciden
directamente en la posibilidad real de que una
persona pueda comprender, cumplir y
participar en un proceso meritocrático.
El análisis documental y jurisprudencial
mostró que la falta de claridad en las
convocatorias no es una situación aislada, sino
un patrón sostenido que responde a prácticas
institucionales históricas basadas en el
formalismo jurídico, el uso acrítico de
tecnicismos y la ausencia de políticas estatales
orientadas al lenguaje claro. Los documentos
analizados evidencian la persistencia de
oraciones excesivamente largas, instrucciones
contradictorias, ausencia de jerarquía
informativa, deficiencias en las descripciones
de cargos, falta de precisión en competencias
evaluadas y formatos digitales poco accesibles.
Estos elementos no solo dificultan la
comprensión, sino que generan inseguridad,
incertidumbre y mayores posibilidades de error
para los postulantes.
Desde una perspectiva constitucional, estos
hallazgos adquieren mayor relevancia. La
Carta Magna boliviana consagra principios
como igualdad, publicidad, legalidad,
transparencia, debido proceso administrativo y
acceso a la información pública. Estos
principios exigen que la administración actúe
con claridad suficiente para que los ciudadanos
comprendan las decisiones que los afectan.
Cuando una convocatoria es confusa o
inaccesible, se vulneran los derechos
fundamentales porque la información deja de
cumplir su función garantista. La claridad, por
tanto, es un puente necesario para que el texto
administrativo sea vehículo de derechos y no
un obstáculo.
En este punto emerge con fuerza la figura
de la discriminación indirecta. Como lo
plantean Fredman (2011) y Khaitan (2015), la
discriminación indirecta se configura cuando
una regla aparentemente neutra produce
efectos desiguales sobre grupos históricamente
vulnerados. Las convocatorias públicas
analizadas muestran precisamente este
fenómeno: su redacción y formato, sin
intención de excluir, terminan produciendo
impactos perjudiciales sobre personas con
menor nivel educativo, habitantes de zonas
rurales, hablantes de lenguas indígenas,
adultos mayores o individuos con limitada
alfabetización digital. La comprensión
desigual de los requisitos y procedimientos
genera un círculo vicioso donde quienes
enfrentan mayores barreras son también
quienes menos posibilidades tienen de superar
las etapas del proceso.
La digitalización acelerada entre 2019 y
2025 intensificó este fenómeno. Aunque el uso
de plataformas en línea representa un avance
en modernización, también amplió las brechas
de acceso cuando no se adoptaron criterios de
accesibilidad digital. El análisis de los
documentos reveló que muchos archivos se
presentaban en formatos pesados, no
adaptados a teléfonos móviles, con enlaces
rotos o con escasa usabilidad. Esto demuestra
que la administración pública boliviana, al
incorporar tecnologías digitales, no consideró
plenamente la pluralidad de condiciones socio
tecnológicas de la población. La claridad
administrativa debe entenderse hoy como un
concepto multidimensional que abarca tanto el
contenido lingüístico como el soporte técnico.
Otro aspecto relevante encontrado en la
investigación es la falta de uniformidad en los
criterios de redacción y en la estructura de las
convocatorias. No existen, en la práctica,
lineamientos estatales que establezcan
parámetros mínimos de claridad, estructura,
accesibilidad o coherencia entre instituciones.
Esto genera un mosaico altamente desigual de
prácticas comunicacionales, donde cada
entidad redacta según sus propios criterios, sin
considerar estándares de lenguaje claro o de
accesibilidad informativa. Esta falta de
homogeneidad, además de incrementar la
confusión, dificulta la participación ciudadana
y favorece la interpretación discrecional por
parte de funcionarios, abriendo espacio para
prácticas arbitrarias.
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La jurisprudencia analizada también aporta
elementos esenciales a esta discusión. Diversas
sentencias del Tribunal Constitucional
Plurinacional han señalado que requisitos
ambiguos, interpretaciones estrictas no
previstas en la convocatoria o criterios
desproporcionados pueden vulnerar el derecho
de los postulantes a ser evaluados en
condiciones de igualdad. Esto demuestra que la
falta de claridad no es un inconveniente menor,
sino una causa concreta de
inconstitucionalidad cuando genera efectos
discriminatorios o afecta derechos
procedimentales. La justicia constitucional
boliviana, aunque sin pronunciarse
directamente sobre el lenguaje claro, reconoce
indirectamente su relevancia al exigir
motivación, coherencia, precisión y publicidad
efectiva.
Así, la discusión permite afirmar con
claridad que la administración pública
boliviana requiere una transformación
profunda en materia de comunicación
institucional. La claridad no es una opción
técnica ni un mero estándar de redacción: es un
imperativo constitucional vinculado al
ejercicio pleno de derechos. Una convocatoria
que no puede ser comprendida no solo fracasa
en su propósito operativo, sino que vulnera
derechos fundamentales, afecta el principio de
mérito, reduce la legitimidad institucional y
reproduce desigualdades.
La discusión evidencia la necesidad de
institucionalizar políticas públicas de lenguaje
claro, capacitar a funcionarios, estandarizar
formatos, promover accesibilidad digital y
establecer mecanismos de control que
permitan detectar y corregir barreras
informativas antes de la publicación de
convocatorias. Solo así se podrá garantizar que
los procesos de acceso a la función pública
cumplan con el mandato constitucional de
igualdad material y no discriminación. En
consecuencia, la claridad administrativa se
erige como un componente estructural de la
justicia administrativa y como un pilar para
consolidar una administración pública
verdaderamente inclusiva y democrática.
CONCLUSIONES
-
La investigación realizada permite afirmar
que la claridad administrativa constituye
un elemento estructural para el adecuado
funcionamiento del régimen constitucional
de acceso a la función pública en Bolivia.
Su ausencia no es un problema meramente
técnico ni un detalle de estilo, sino un
factor que afecta directamente la vigencia
de derechos fundamentales, especialmente
el derecho a la igualdad material, al debido
proceso administrativo, a la transparencia y
a la información pública. La evidencia
recopilada muestra que la administración
pública continúa operando con patrones
comunicacionales que arrastran el
formalismo jurídico, la complejidad
innecesaria y la falta de criterios uniformes
de redacción, lo que repercute en el
ejercicio efectivo de los derechos de la
ciudadanía.
-
En primer lugar, se concluye que las
convocatorias públicas confusas o
ambiguas se convierten en barreras
informativas, las cuales impiden que un
sector importante de la población
comprenda plenamente los requisitos,
etapas, procedimientos y condiciones de
postulación. Estas barreras no afectan a
todos por igual: recaen con mayor fuerza
sobre personas con menor nivel de
instrucción, habitantes de zonas rurales,
hablantes de lenguas indígenas, adultos
mayores y personas con dificultades de
alfabetización digital. En ese sentido, la
falta de claridad administrativa genera
impactos diferenciados, reproduciendo
desigualdades estructurales ya existentes
en la sociedad boliviana.
-
En segundo lugar, los hallazgos confirman
que estas prácticas comunicacionales
pueden configurar discriminación
indirecta, aun cuando la norma o
convocatoria no presente un contenido
discriminatorio explícito. El análisis
jurídico demuestra que la discriminación
indirecta se manifiesta cuando una regla
aparentemente neutra produce efectos
desproporcionados en determinados
grupos. Las convocatorias confusas, al
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exigir capacidades interpretativas, técnicas
o digitales que no todos poseen, restringen
de facto la posibilidad de participación en
igualdad de condiciones. Así, la falta de
claridad se erige como un factor de
exclusión silenciosa que desvirtúa el
principio meritocrático del acceso a la
función pública.
-
En tercer lugar, se observa que la
accesibilidad informativa, entendida en
términos lingüísticos, cognitivos,
sociolingüísticos y digitales, está aun
débilmente incorporada en la gestión
pública boliviana. La ausencia de
lineamientos institucionales, guías técnicas
obligatorias o políticas públicas de
lenguaje claro se ve reflejada en la notable
heterogeneidad de formatos, estilos y
estructuras utilizadas por las diferentes
entidades. Este vacío normativo y
organizacional profundiza la inseguridad
jurídica, incrementa la discrecionalidad
administrativa y dificulta que los
ciudadanos ejerzan su derecho a la
información de forma plena.
-
En cuarto lugar, la investigación demuestra
que la claridad administrativa debe
entenderse como un deber constitucional.
No se trata simplemente de escribir
“bonito”, “simple” o “ordenado”, sino de
cumplir principios fundamentales como
publicidad, legalidad, razonabilidad,
igualdad y debido proceso. La claridad no
es una cortesía ni una buena práctica: es
una obligación que deriva directamente del
mandato constitucional de garantizar
derechos. En consecuencia, una
convocatoria confusa puede ser y en varios
casos analizados así lo fue un acto
contrario a la Constitución por vulneración
de derechos procedimentales y sustantivos.
-
En quinto lugar, se concluye que la falta de
claridad administrativa provoca
consecuencias institucionales
significativas. No sólo reduce la
participación ciudadana, sino que erosiona
la legitimidad del sistema de mérito, genera
desconfianza hacia las instituciones y abre
espacios para prácticas discrecionales o
incluso arbitrarias. La claridad es un
mecanismo preventivo de la corrupción
burocrática, pues limita interpretaciones
subjetivas y garantiza que los
procedimientos sean verificables y
comprensibles para todos.
-
La investigación establece que la
consolidación de la claridad administrativa
en Bolivia requiere transformaciones
estructurales: políticas estatales de
lenguaje claro, capacitación obligatoria a
funcionarios, estandarización de formatos,
mejoras de accesibilidad digital,
mecanismos de control previo a la
publicación de convocatorias y
armonización normativa. Solo mediante
estas acciones será posible garantizar que
los procesos de acceso a la función pública
se desarrollen en condiciones de auténtica
igualdad material, evitando que las
barreras informativas continúen
constituyendo formas invisibles de
exclusión y discriminación indirecta.
-
La claridad administrativa es mucho más
que un atributo deseable: es un requisito
constitucional indispensable para construir
una administración pública democrática,
inclusiva y orientada al respeto pleno de los
derechos fundamentales.
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DECLARACIÓN DE CONFLICTO DE INTERESES
La autora declara no tener conflictos de intereses.
DERECHOS DE AUTOR
Cori Paz, G. J. (2026)
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